Costes de demora

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Los costes de demora son los gastos que tienen los usuarios bancarios por el incumplimiento en los plazos para su abono que están expuestos en el contrato firmado por ambas partes. Se trata de penalizaciones que contraen en el mismo momento que se retrasan en el pago de las cuotas de los productos contratados. Cuya cuantía deben satisfacer obligatoriamente para seguir manteniendo sus prestaciones con el servicio suscrito.

¿Sobre qué productos se aplican estos gastos?

Estos gastos se contraen en todas las fuentes de financiación, independientemente de cual sea su naturaleza y condición. En créditos personales, minicréditos, para el consumo o para adquirir un bien materia, entre las principales. Otra de las modalidades en donde aparecen estos gastos es en los créditos hipotecarios que se suscribe para la adquisición de una vivienda. Y por último para solventar las deudas o falta de pago que se contrae a través de la utilización de una tarjeta de crédito.

¿Cuánto dinero supone para el cliente?

Para calcular el abono de esta penalización hay que remitirse a dos sistemas para identificarlo correctamente. En primer lugar, por medio de un interés pactado entre el usuario y la entidad emisora del producto contratado. En donde su cuantía es más flexible. Y por otra parte, mediante un tipo que queda establecido por ley y que es publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE). Si fuera este el caso, la actual normativa pone de manifiesto que el tipo de interés por demora durante el año 2016 es el 3,75% anual.

El principal motivo para su aplicación es la falta de pago por la ausencia de los deberes contraídos en el contrato. Fundamentalmente por no abonar a su tiempo las cuotas mensuales de un crédito, hipoteca u otra clase de financiación. Suponiendo, en cualquier caso, las incorporaciones de unos gastos adicionales que deberá asumir el cliente.