Morosidad

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Se conoce como morosidad a la cualidad de moroso, a aquella situación de carácter jurídico en la que una persona está retrasando el cumplimiento de una obligación, sea esta del tipo que sea, aunque generalmente tiende a identificarse con el retraso en el pago de una deuda de tipo exigible.

Para calcular la tasa de morosidad se realizan una serie de operaciones que consisten en dividir los activos morosos entre la suma de activo que exista en la entidad. En nuestro país, las tasas de morosidad alcanzaron el 8% aunque en los últimos años estas han decrecido considerablemente.

Para el Banco de España los morosos se clasifican del siguiente modo:

-Activos dudosos: aquellos que estén vencidos o no, pero en los que se puede vislumbrar, a modo de ver según la entidad, una mínima probabilidad de cobro. En este grupo se incluyen los siguientes: los saldos que hayan sido exigidos desde juicio por la entidad, los que el deudor ha solicitado como litigio y de cuya solución y juicio resuelto vaya a depender su cobro, y, los activos de los cuales sus titulares estén declarados en suspensión de pago.

Como activos morosos:
-todos los valores de renta fija que hayan vencido y que no hayan sido cobrados sin haber mediado renovación o prórroga tras haber transcurrido 6 meses desde el vencimiento de estos.
-todos aquellos efectos, cuotas de amortización de préstamos, cupones, créditos y otros muchos saldos deudores personales que no hayan sido pagados tras haber transcurrido más de 90 días desde el vencimiento de estos.
-En la banca, el dato del ratio de morosidad es algo que se estudia, examina y calcula. Posteriormente, es seguido tanto por analistas como por inversores para así tratar de obtener una relación existente entre el importe de los préstamos y créditos que hayan sido considerados como morosos. Estos han debido considerarse así después de transcurrir un tiempo en el cual se estudia el total de créditos concedidos.
Existe un concepto que se asocia a estas cuestiones y se conoce como "Ratio de Cobertura".